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martes, 30 de junio de 2009

Caso práctico: acciones colectivas


Leí un post (entré desde el obiter dicta de GArballo)titulado: Extra, extra! Si mandás “Alto pelotudo” al 2020 te recibís de pelotudo.
Dá muy buenos ejemplos y comparaciones irónicas sobre el caso de las estafas que las compañías que prestas "servicios de contenido" prestan a los usuarios de teléfonos celulares (ubbi etc.)
Es un tema increíble: uno manda una vez un mensajito, y queda enganchado por toda la eternidad, porque darse de baja es una odisea.
Sobre el análisis del fenómeno, más abajo en los LINKS agrego buenos artículos sobre el tema, pero quiero proponer un caso práctico:

1. ¿Procedería una acción colectiva en estos casos?
2. ¿Quienes estarían legitimados para interponerla?
3. ¿Cómo solucionaría el problema de la distribución de la indemnización?

Mi respuesta la redactaré más adelante, pero me interesa saber que opinan.

LINKS:
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